En octubre de 2025 se presentó al Congreso mexicano una iniciativa para derogar la Ley Federal de Juegos y Sorteos de 1947 y crear, en su reemplazo, el Instituto Nacional de Juegos y Sorteos (INJyS) como autoridad desconcentrada con facultades específicas sobre el sector. La iniciativa responde a la consolidación regulatoria que la administración Sheinbaum impulsa durante 2025-2026, complementaria al aumento del IEPS al 50% (Decreto DOF 7 noviembre 2025) y a las acciones contra el mercado ilegal estimado en aproximadamente 40% del total por AIEJA. La SEGOB, a través de la Dirección General de Juegos y Sorteos (DGJS), está redactando proyecto formal durante 2026 para presentación al Congreso. La nueva ley reemplazaría el marco vigente de 1947 — anacrónico para los desafíos contemporáneos del juego online — y establecería estándares claros para casinos digitales, plataformas de apuestas, e intermediarios financieros del sector.

Esta pieza analiza la arquitectura propuesta del INJyS, los aspectos sustantivos que la nueva ley aborda, las implicaciones para operadores autorizados y el mercado, y tres lecturas estructurales sobre el calendario legislativo y los efectos esperados durante 2026.

La Arquitectura Propuesta del Instituto Nacional de Juegos y Sorteos

El INJyS sería autoridad desconcentrada de la SEGOB con autonomía técnica y operativa para regular, autorizar y fiscalizar el sector. La estructura propuesta incluye:

Junta de Gobierno: presidida por el titular de la SEGOB con consejeros designados por el Ejecutivo Federal con perfiles especializados en derecho regulatorio, fiscalidad y tecnología.

Comisionado Presidente: cargo ejecutivo responsable de la operación cotidiana del Instituto, designado por el Ejecutivo con ratificación legislativa.

Direcciones Sustantivas: licencias y permisos, supervisión y verificación, fiscalización y sanciones, asuntos jurídicos, tecnologías de información (con énfasis en plataformas digitales), atención al apostador.

Coordinación Interinstitucional: con SAT, CNBV, IFT, Cofepris en marcas asociadas a juegos, y otras autoridades pertinentes.

La elevación institucional desde DGJS subordinada a SEGOB hacia INJyS desconcentrado proporcionaría mayor capacidad operacional, presupuesto dedicado, y autonomía técnica para regulación especializada.

Los Aspectos Sustantivos que la Nueva Ley Aborda

AspectoLey 1947Nueva Ley (propuesta)Cambio Estructural
Casinos onlineNo previsto explícitamenteRegulación específica con licenciamientoModernización
Plataformas digitalesNo reconocidasSujetas a régimen INJySInclusión
Apuestas deportivas onlineCobertura limitadaRégimen específicoEspecificación
Casinos cryptoNo previstoRégimen especial o prohibiciónDefinición
Mercados de previsiónNo previstoClasificación INJySDefinición
Publicidad y patrocinioLimitadaRégimen específico restrictivoEndurecimiento
Protección al apostadorLimitadaPrograma nacionalReforzamiento
SancionesMultas modestasMultas escalonadas y suspensionesEndurecimiento
Reciprocidad internacionalNo previstaCooperación con otros reguladoresApertura

La modernización estructural reemplaza un marco diseñado para juego presencial mid-siglo XX con marco para ecosistema digital del siglo XXI. La nueva ley codifica regulación que actualmente opera vía circulares administrativas, lineamientos DGJS, y normativa fragmentaria.

Las Implicaciones Para Operadores Autorizados

Los operadores SEGOB-licenciados actualmente — Caliente, Codere, Strendus, Playcity, Bet365 vía Ganador Azteca, Betano vía Ganador Azteca, Betsson, BetMGM, y aproximadamente 20 operadores más — enfrentarían transición regulatoria significativa durante 2026-2028 si la iniciativa avanza.

Implicación 1: licenciamiento renovado. La nueva ley establecería tarifas y condiciones de licenciamiento actualizadas, posiblemente con outorga similar a regímenes comparables (Brasil R$ 30 millones, Colombia COP 1.5 mil millones). Operadores existentes pasarían por proceso de transición regulatoria.

Implicación 2: cumplimiento operacional reforzado. Requisitos de auditoría, reporte regular al INJyS, transparencia operacional, y cooperación con SAT en tiempo real serían codificados en la nueva ley. Operadores con cumplimiento limitado bajo el régimen actual enfrentarían exigencia escalonada.

Implicación 3: protección al apostador formalizada. Programas de auto-exclusión, límites de depósito, reporte de actividad de riesgo, y programa nacional de apoyo a apostadores con trastorno serían obligatorios. Operadores deberían implementar infraestructura específica.

Cómo la Iniciativa Compara con Reformas Latinoamericanas

PaísAño Reforma LegislativaEstructura ReguladoraResultado Operacional
México (propuesto 2026)2026 (propuesta)INJyS desconcentradoEn consideración
Brasil2023 (Lei 14.790)SPA Ministério FazendaMercado regulado consolidado, 188 operadores
Colombia2017 (más Decreto 0240 2026)Coljuegos15 operadores autorizados
Perú2022 (Ley 31557)MINCETURMercado en consolidación
ArgentinaRégimen provincial variableProvincialHeterogéneo
ChileEn transición legislativaEn formaciónEn desarrollo

México se sumaría al grupo de jurisdicciones latinoamericanas que han modernizado o están modernizando su marco legal de juegos. La proximidad temporal con Brasil (2023) y Colombia (Decreto 0240 2026) permite aprovechar lecciones aprendidas en jurisdicciones cercanas.

Qué Dice la Iniciativa Sobre el Régimen Mexicano

Primero, el reconocimiento explícito de la inadecuación del marco 1947 para el juego online es admisión institucional importante. La opción del Ejecutivo de proponer reforma legislativa estructural en lugar de continuar regulando vía circulares y lineamientos administrativos refleja madurez del análisis institucional.

Segundo, la creación del INJyS como autoridad desconcentrada produciría mayor capacidad regulatoria pero también mayor especialización requerida. La capacidad técnica del nuevo Instituto será determinante para su efectividad. Si replica el perfil de la DGJS actual con recursos limitados, el cambio será nominal. Si adquiere capacidad técnica equivalente a SPA brasileira o Coljuegos, la transformación será estructural.

Tercero, el calendario legislativo será determinante. La presentación al Congreso durante 2026 enfrenta competencia con otras prioridades de la agenda Sheinbaum. La aprobación durante 2026-2027 mantendría el régimen modernizado dentro del sexenio. Aplazamiento mantendría el régimen actual con sus limitaciones.

Lo Que Esta Mesa Rastrea Durante 2026

Para el seguimiento de la iniciativa, tres datos definen la trayectoria.

Primero, la presentación formal del proyecto SEGOB al Congreso. La presentación durante 2026 mantiene el calendario; aplazamiento sugiere prioridades alternativas.

Segundo, el contenido específico del proyecto. Aspectos como tarifas de licenciamiento, requisitos operacionales, sanciones, y régimen de transición para operadores existentes determinan el impacto sectorial.

Tercero, la coordinación con otras iniciativas. La nueva ley debe articularse con el régimen IEPS Decreto 2026, los acciones SEGOB contra mercado ilegal, y el plan acción Sheinbaum 2026 para producir marco coherente.

Límites Honestos

La iniciativa de octubre 2025 está en fase de elaboración detallada por SEGOB durante 2026. El contenido específico final puede diferir del marco general descrito. La aprobación legislativa requiere proceso completo Senado-Cámara que puede extenderse beyond 2026. Esta pieza no constituye asesoría jurídica; operadores con interés específico deben consultar abogados calificados en derecho regulatorio.

Fuentes